Ni bien el frigorífico Casa Blanca (Fricasa) realice la solicitud de concurso voluntario de acreedores, “pasará a ser coadministrado por un interventor”, señaló en la víspera a EL TELEGRAFO Fernando Cabrera, gerente de Servicios Jurídicos de la Liga de Defensa Comercial (Lideco).
Manifestó que “las autoridades de la sociedad, si tienen más activos que pasivos, deberán ser intervenidas. Contarán con la figura del interventor que va a coadministrar los activos”. Recordó que la ley de concursos es del año 2008.
“Establece la obligación de las empresas que se encuentran en estado de insolvencia, de solicitar su propio concurso. Lo que quiere el legislador uruguayo es que la empresa, una vez que se da cuenta que está en situación de insolvencia porque surge de su estado contable, se presente a promover su concurso”.
Para los acreedores, “va a significar en principio que no van a poder cobrar los créditos anteriores a la fecha de la declaración del concurso, si no tienen un determinado procedimiento. Deben presentar un expediente a verificar el crédito, aportando las facturas correspondientes, y de dónde proviene ese crédito. Si es por venta de mercadería, estación de servicio, o sea, de qué se originó, acreditando la causa del crédito”.
Aclaró que por ejemplo “el solo aportar un cheque no verifica, tiene que acreditar la causa”. Cabrera explicó que “lo primero que se deben pagar son las deudas generadas con posterioridad al decreto de concurso. Si hubiera arrendamiento, la mercadería que se compre”, por ejemplo. Después, hay que ver el tema de las garantías.
“Se le da prioridad a los bienes que están gravados con prenda o hipoteca; después viene lo que son los privilegios, deudas con los trabajadores, deudas por tributos nacionales y municipales y después vienen los acreedores quirografarios (son quienes no tienen ninguna garantía, y que habitualmente son los proveedores, como son los productores y consignatarios)”.
Pero puntualizó que esto es “en un escenario de liquidación”. El síndico estableció que “a lo que apunta este tipo de concursos es que pueda haber un acuerdo entre deudores y acreedores”, y además, que “ la empresa pueda seguir funcionando, por eso la importancia de los créditos post concursales, que hay que pagarlos”.
Acotó que el interventor “es quien puede recomendar el cese de actividades pero en determinadas circunstancias. Por ejemplo si ve que es una actividad deficitaria o no, pero la regla general es que sigue funcionando”.
En este caso, el deudor coadministrado por el interventor es la nueva situación para Casa Blanca. Ahí el deudor si pretende comprar animales deberá demostrarle que es razonable, y el interventor dará el ok. Todas las cosas necesitan la firma del interventor”, enfatizó Cabrera. De todas maneras, aclaró que hay una instancia previa, “en donde el juez deberá resolver. Un contador y secretario del juzgado tiene que verificar que se ha presentado toda la documentación en forma. A veces se hacen algunas observaciones, y si no las hay se decreta el concurso”.